Thursday, May 21, 2009

Medidas temporeropermanentes

Hoy encontré un tesoro. En armonia con la presentación del “nuevo” proyecto de estatus presentado por el PNP, me tomé el tiempo de transcrear (palabra aprendida de mi hermana) un editorial del New York Times publicado hace más de cien años atrás. Creo que el editorial no requiere ningun comentario, solo quisiera pedirle al comisionado Pierluisi que antes de buscar respaldo para su propuesta, presente un proyecto mucho más sencillo al congreso donde le pida su definición de “temporero”.

Editorial publicado en el New York Times el 17 de Noviembre del 1898

El comercio con Puerto Rico

Puerto Rico estando en este momento bajo la ocupación militar de los Estados Unidos, las regulaciones de su comercio naturalmente le corresponden al Departamento de Guerra. Los medios de implementarlas son definidos e implementados por el Presidente en su capacidad de Comandante en Jefe. Por supuesto las regulaciones serán meramente provisionales y se ejecutarán hasta que el Congreso pueda tomar acción sobre esta posesión la cual representa una anomalía para nuestra historia.

Sin embargo el mismo poder de crear estas regulaciones como su propia responsabilidad debe concientizar de manera especial al Presidente. Tal parece que él muestra mucha comprensión sobre las tarifas provisionales en Cuba, y envío a un supuesto experto en tarifas para que lo aconseje sobre las condiciones de comercio en Cuba. Con respecto a Puerto Rico se podría decir de manera justa que no ha tenido tiempo de conscientizarse. Esa es una buena razón para la moderación. De hecho, de todas maneras, se tomaron medidas radicales y extremas de manera inmediata sobre asuntos importantes del comercio de Puerto Rico. El resultado posiblemente haga daño material a ese comercio y quizás más daño moral a los Estados Unidos.

Con un trazo de su pluma el Presidente extendió nuestras leyes de navegación obsoletas y exclusivas a nuestra nueva posesión. La primera de las regulaciones comerciales requiere que Puerto Rico establezca que “el comercio entre los puertos de los Estados Unidos y todos los puertos y lugares en Puerto Rico esta bajo el control de los Estados Unidos, y el comercio entre los puertos y lugares en Puerto Rico bajo el control de los Estados Unidos, se hará en embarcaciones registradas en los Estados Unidos y en ninguna otra.” La mercancía transportada que ignore esta regulación está sujeta a confiscación, y cada pasajero que se transporte tendrá una penalidad de $250 que se cobrará a los dueños de la embarcación.

Esta regulación simplemente opera como una parálisis temporera del comercio entre Puerto Rico con los Estados Unidos, mientras es en si misma es una medida temporera. Eso es suficiente para su rechazo en términos comerciales. Todo el comercio que se hace entre Puerto Rico y los Estados Unidos se lleva a cabo en embarcaciones británicas y españolas. Puede ser que existan algunas embarcaciones puertorriqueñas encargadas del comercio costero, pero le hemos prohibido que continúen haciéndolo. Las líneas de embarcaciones que se han permitido mover entre la isla y New York bajo el régimen español están prohibidas bajo el régimen americano, mientras obviamente no hay disponibilidad de embarcaciones americanas pertenecientes a americanos para remplazarlas. La regulación es una prohibición. El efecto será el de mover el comercio con Puerto Rico a otros puertos fuera de los Estados Unidos, puertos donde las embarcaciones extranjeras se les permita operar. Esto es absurdo, monstruoso, e inconcebible. Pero en este momento, es la ley.

Pero como hemos dicho, el daño material no es tan importante como el daño moral. Tenemos intereses comunes con Inglaterra en el lejano oriente y en todas partes, el interés de “la puerta abierta”. Aun así nuestra primera acción al apropiarnos de una dependencia colonial es limitar su comercio con nosotros a nuestras embarcaciones y romper las relaciones comerciales creadas bajo el régimen español. Nosotros intercambiamos el método británico de gobierno colonial por el español, y lo hacemos a costas de nuestros propios mercaderes. Si vamos a mantener esta teoría de imperialismo, oriente y occidente, seremos considerados como un peor estorbo y un obstáculo más grande al comercio y la civilización que la propia España. No sorprende que ya hubiera expresiones de disgusto de la propia Inglaterra por regulaciones que eliminan a las embarcaciones británicas de líneas comerciales que España les permitía usar y que nosotros le negábamos a ellos aun cuando no teníamos nuestras propias rutas para hacerlo. Esta es la política del perro en el establo.

Enlace al editorial original
http://query.nytimes.com/mem/archive-free/pdf?_r=1&res=9403E5D71438E433A25754C1A9679D94699ED7CF

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